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Toda persona tiene derecho a acceder al servicio publico público en condiciones de igualdad, y los ascensos serán en base al principio del merito.   En cumplimiento a la Ley 41-08 sobre Función Pública, y al literal j del articulo 3 de la Ley 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública, este apartado presentará un enlace con acceso directo al portal CONCURSA ( https://map.gob.do/Concursa ), administrado por el Ministerio de Administración Pública (MAP), o cualquier otro vinculo que lo reemplace.